El ente territorial hace precisiones puntuales en atención a la Sentencia T- 249 de 2024 de la Corte Constitucional, reiterando a todas las instituciones educativas, que no deben obviar directrices dadas con relación a la formulación y seguimientos a los Planes Individuales de Ajustes Razonables (PIAR), para la atención, pertinente y oportuna a estudiantes con discapacidad, población diversa y atención oportuna de acoso escolar.